Artículo Único.- Se destina la suma de quinientos mil bolivianos para la construcción del camino de automóviles de Unduavi a Coroico y Chulumani respectivamente, imputándose al servicio del empréstito interno de siete y medio millones de bolivianos, conforme a la cláusula segunda del artículo 1° de la ley de 13 de mayo de 1921.
Norma | Bolivia: Ley de 17 de febrero de 1922 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Camino Unduavi, Coroico, Chulumani.- Se destinan quinientos mil bolivianos para su construcción. | ||||
Keywords | Ley, febrero/1922 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | SEVERO F. ALONSO.- M. Rigoberto Paredes León M. Loza, S. S.- M. Mogro Moreno, D. S.- Aniceto Arce, D. S.- B. SAAVEDRA.- Román Paz | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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