Artículo Único.- En conformidad con la atribución 10ª del artículo 52 de la Constitución Política del Estado, autorízase al Poder Ejecutivo para que durante el período legislativo del presente año, mantenga en esta ciudad los cuerpos del Ejército de línea que juzgue necesarios.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 12 de noviembre de 1921.
SEVERO F. ALONSO.- M. RIGOBERTO PAREDES.- León M. Loza, S. S.- M. Mogro Moreno, D. S.- A. Arce, D.
S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 15 días del mes de noviembre de 1921 años.
BAUTISTA SAAVEDRA.- Pastor Baldivieso.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 15 de noviembre de 1921
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCuerpos de Línea.- Autorízase al Poder Ejecutivo para mantener en La Paz los que juzgue necesarios durante la presente legislatura.
KeywordsLey, noviembre/1921
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSEVERO F. ALONSO.- M. RIGOBERTO PAREDES.- León M. Loza, S. S.- M. Mogro Moreno, D. S.- A. Arce, D. S. BAUTISTA SAAVEDRA.- Pastor Baldivieso.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.