CONSIDERANDO:

  • Que el fallecimiento del Excelentísimo Internuncio Apostólico monseñor Rodolfo Caroli, significa una pérdida muy sensible para la República de Bolivia, porque además de haber sido dignísimo representante de la Santa Sede ante nuestro Gobierno, ha dado pruebas fehacientes de grande interés por el bien de la Patria.

DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara la República en duelo nacional el día 27 del mes en curso, por el lamentable fallecimiento del Excelentísimo Internuncio Apostólico, Monseñor Rodolfo Caroli.

Artículo 2°.- La Mesa Directiva de la H. Convención y una comisión compuesta de ocho convencionales, uno por cada departamento, presidirá el duelo.

Artículo 3°.- Se autoriza al Concejo Municipal de La Paz, para permitir que el cadáver del ilustre extinto sea introducido al templo de la Catedral durante los honores fúnebres.


Sala de sesiones de la Convención Nacional
La Paz, 26 de enero de 1921.
SEVERO F. ALONSO.- J. R. Estenssoro, C. S.- Flavio Abastoflor, C. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio Legislativo en La Paz, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos veintiún años.
SEVERO F. ALONSO.- J. R. Estenssoro, C. S.- Flavio Abastoflor, C. S.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 26 de enero de 1921
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDuelo Nacional.- Se declara con motivo del fallecimiento del Internuncio Apostólico, monseñor Caroli.
KeywordsLey, enero/1921
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSEVERO F. ALONSO.- J. R. Estenssoro, C. S.- Flavio Abastoflor, C. S. SEVERO F. ALONSO.- J. R. Estenssoro, C. S.- Flavio Abastoflor, C. S.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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