Artículo 1°.- El Presupuesto departamental del Beni, queda modificado en los términos siguientes:
PARTE PRIMERA | ||
RENTAS | ||
Capitulo único | ||
Párrafo 2° Exportación de ganado | ||
Por cada cabeza de ganado macho Bs. 10 y de ga- nado hembra, Bs. 25 | Bs. 17,450.-- | |
Párrafo 3° Exportación de overos | ||
Cuota al Tesoro Departamental, según ley | " 40,000.-- | |
Párrafo 11.-- Subvención del Tesoro Nacional | ||
Asignación al Tesoro departamental del Beni, con arreglo a la ley de 16 de enero de 1900: el 25% de los derechos de exportación sobre la goma elástica, en la aduana de Villa Bella. | " 25,850.-- | |
PARTE SEGUNDA | ||
GASTOS | ||
Capítulo segundo Párrafo 3° Participación del catastro, provincia Vaca Diez | ||
Rectificador | Bs. 3,000.-- | |
Secretario | " 1,500.-- | |
Castos de escritorio | " 200.-- | |
Bagajes, Bs. 500.-- para el rectificador y Bs. 250.-- para el secretario. | " 750.-- | Bs. 5,450.-- |
_ | Bs. 5,450.-- |
Artículo 2°.- Las partidas que anteceden se incorporarán en el Presupuesto del Beni, en el momento de su publicación oficial, sin perjuicio de la inserción del texto de esta ley.
Norma | Bolivia: Ley de 15 de marzo de 1920 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Presupuesto del Beni.-- Se introducen modificaciones ni Presupuesto departamental del Beni. | ||||
Keywords | Ley, marzo/1920 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | JOSE S. QUINTEROS.- Carlos Calvo.- Atiliano Aparicio, Senador Secretario.- Hugo O'Connor d'Árlach, Diputado Secretario.- Zenón Echeverría, Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Julio Zamora. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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