Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para adquirir un préstamo de trescientos mil bolivianos (Bs. 300,000.-- ) con el que se realizará la reconstrucción del edificio que posee el Fisco entre las calles Bolívar e Indaburu de la ciudad de La Paz, destinado a la instalación de los Ministerios de Estado y otras oficinas públicas. Esa reconstrucción se hará expropiando los edificios contiguos a dicho edificio, especialmente el que se halla en la calle Indaburo, a cuyo efecto se declárala expropiación de gran utilidad y necesidad públicas.
Artículo 2°.- En el Presupuesto Nacional se consignará la partida de cincuenta y cuatro mil bolivianos (54, 000), para el servicio de intereses del 8% y del 10% de amortización acumulativa.
Norma | Bolivia: Ley de 12 de marzo de 1920 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorización.-- Se autoriza al Poder Ejecutivo para adquirir un préstamo de Bs. 300, 000, destinado a la reconstrucción de un edificio fiscal en La Paz. | ||||
Keywords | Ley, marzo/1920 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | José S. Quinteros.- Carlos Calvo.- Atiliano Aparicio.- Senador Secretario.- Hugo O'Connor d'Árlach.- Diputado Secretario.- Zenón Echeverría.- Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Carlos Gutiérrez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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