Artículo 1°.- Queda autorizado el Ejecutivo para contratar con la Ulen Contracting Corporation la construcción del alcantarillado en la ciudad de Oruro.
Artículo 2°.- Las condiciones para el trabajo del alcantarillado se establecerán tomando como base las fijadas por ley para iguales trabajos en las ciudades de La Paz y Cochabamba, pudiendo el Ejecutivo convenir modificaciones de precios unitarios y otros detalles correspondientes a las condiciones peculiares de la ciudad de Oruro.
Norma | Bolivia: Ley de 4 de marzo de 1920 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorización.-- Se autoriza al Ejecutivo para contratar con la Ulen Contracting Corporation la construcción del alcantarillado en la ciudad de Oruro. | ||||
Keywords | Ley, marzo/1920 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | JOSE S. QUINTEROS.- Carlos Calvo.- Atiliano Aparicio, Senador Secretario.- Hugo O'Connor d'Árlach. Diputado Secretario.- Zenón Echeverría, Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- E. Careaga Lanza. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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