Artículo Único.- Consígnase en el Presupuesto de 1920, la suma de cuatrocientos bolivianos, para la adquisición de un lote de terreno y trabajo para el cementerio de San Pablo de Tiquina.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional - La Paz, 24 de noviembre de 1919.
ISMAEL VAZQUEZ.- CARLOS CALVO.- Atiliano Aparicio, S. S.- Zenón Echeverría, D. S.- C. Anze
Soria, D. S. ad-hoc.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, 13 de diciembre de 1919.
JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Juan Muñoz Reyes.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 13 de diciembre de 1919
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCementerio de San Pablo de Tiquina.- Se consigna en el presupuesto de la próxima gestión, la suma de cuatrocientos bolivianos para adquirir un lote, destinado al cementerio de San Pablo de Tiquina.
KeywordsLey, diciembre/1919
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorISMAEL VAZQUEZ.- CARLOS CALVO.- Atiliano Aparicio, S. S.- Zenón Echeverría, D. S.- C. Anze Soria, D. S. ad-hoc. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Juan Muñoz Reyes.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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