Artículo 1°.- La prestación vial de la provincia Pacajes, correspondiente a los años 1912, 1921 y 1922, se destina a la construcción de caminos para automóviles de Corocoro por Tarejra al distrito minero de Callapa y de Corocoro a Viacha.
Artículo 2°.- Un ingeniero de la Dirección General de Obras Públicas hará el trazado de los referidos caminos.
Artículo 3°.- Estas obras correrán a cargo de una junta especial compuesta del Subprefecto, presidente de la Junta Municipal, dos gerentes de las principales empresas mineras y dos vecinos notables de Corocoro, designados por los anteriores.,
Artículo 4°.- A fin de acelerar las obras esta Junta queda autorizada para contratar un empréstito con garantía de los rendimientos de la prestación vial de la provincia.
Norma | Bolivia: Ley de 28 de noviembre de 1919 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Prestación vial.- La de Pacajes correspondiente a 1920, 21 y 22 se destina a la construcción de caminos para automóviles de Corocoro por Tarejra al distrito minero de Callapa y de Corocoro a Viacha. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1919 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ISMAEL VAZQUEZ.- CARLOS CALVO.- Ismael Arteaga, S. S. accidental.- Hugo O'Connor d' Arlach, D. S.- Zenón Echeverría, D. S. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Juan Muñoz Reyes. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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