Artículo Único.- La actual legislatura clausurará sus sesiones el día viernes 17 del presente mes de enero, a horas 3 p. m., con el ceremonial prescrito por el artículo 6° de la Resolución Legislativa de 22 de noviembre de 1019.
Norma | Bolivia: Ley de 16 de enero de 1919 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Congreso Nacional.- Se dispone la clausura de sus sesiones para el 17 de enero. | ||||
Keywords | Ley, enero/1919 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ISMAEL VAZQUEZ.- CARLOS CALVO Atiliano Aparicio, S. S.- Octavio Limpias S., D. S.- F. Gutiérrez Granier, D. S. JOSE GUTIERREZ GUERRA - José S. Quinteros. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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