Artículo 1°.- Se autoriza a la H. Junta Municipal de Chulumani para que, previos los trámites legales, pueda vender los siguientes fundos que posee en su propiedad. Siete tiendas situadas en la plazoleta "Martín Villalobos"; una casa ubicada en la misma plazoleta; otra casa en la calle "Sucre"; el antiguo galpón en la calle "Alianza"; y una fracción de terreno que posee en la calle "Lanza".
Artículo 2°.- El producto de dichos bienes, subastados en remate público, se destinará a implantar el servicio de alumbrado eléctrico en dicha ciudad de Chulumani.
Norma | Bolivia: Ley de 13 de enero de 1919 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorización municipal.- Se autoriza a la Junta Municipal de Chulumani para que enajene, conforme a ley, varios fundos que posee. | ||||
Keywords | Ley, enero/1919 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ISMAEL VAZQUEZ.- CARLOS CALVO. Atiliano Aparicio, S. S.- Octavio Limpias, D. S.- F. Gutiérrez Granier, D. S. JOSE GUTIERREZ GUERRA - José S. Quinteros. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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