Artículo Único.- Se complementa la ordenanza de patentes e impuestos H Concejo Municipal de Sucre, promulgada en 21 de septiembre último, en la forma siguiente:
Artículos del país | ||
_ | Bs. | Cts. |
1.- Chancaca, por 46 kilos | 1. | 00 |
2.- Empanizado, por 46 kilos | 1. | 00 |
3.- Miel, por 78 kilos | 1. | 0000 |
4.- Harina de maíz, por 60 kilos | 0. | 40 |
5.- Malta de maíz (huiñapu), por 60 kilos | 1. | 60 |
6.- Muko, por 60 kilos | 1. | 60 |
7.- Ají, por cada cesto de 11 y ½ kilos | 0. | 10 |
8.- Coca que no sea paceña, por tambor | 1. | 00 |
9.- Por cada un mil de tejas y ladrillos | 1. | 00 |
Norma | Bolivia: Ley de 15 de enero de 1918 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Marcas de Fábrica.- Ley general sobre marcas y registros industriales y comerciales. | ||||
Keywords | Ley, enero/1918 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ISMAEL VASQUEZ.- Ad Trigo Achá, Senador Secretario. Cúmplase con arreglo a la Constitución Política del Estado. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Julio Zamora. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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