Artículo Único.- Las mercaderías consideradas como libres de derechos por el artículo 11 de la ley de 31 de diciembre de 1915, no han sido sometidas a los derechos aduaneros comunes por la de 1° de diciembre de 1911; entendiéndose que el artículo 3° de esta última ley, las ha sujetado solamente a un derecho, del dos por ciento sobre el avalúo de la tarifa, y que el artículo 4° de la misma se reduce a enumerar las mercaderías que quedaron por completo libres, aun del derecho del dos por ciento mencionado. Esta interpretación no afecta los pagos ya realizados.
Norma | Bolivia: Ley de 4 de diciembre de 1917 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuesto.- Se declara que las mercaderías consideradas como libres de derechos por la ley de 31 de diciembre de 1915, no han sido sometidas a los impuestos aduaneros comunes por la de 1° de igual mes de 1911. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1917 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ISMAEL VAZQUEZ.- J. L. Tejada S.- Ad, Trigo Achá, Senador Secretario.- Ricardo Bustamante, Diputado Secretario.- Demetrio Salas Mallo h., Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Julio Zamora. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.