Artículo Único.- Apruébase la Convención de Tráfico comercial suscrita en La Paz el 21 de enero del corriente año por el Ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia, señor Plácido Sánchez y el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Perú, señor Felipe de Osma, en ejecución del Tratado de Co- mercio y Aduanas de 27 de noviembre de 1905.
Comunique al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de noviembre de 1917 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convención de tráfico comercial.- Se aprueba la convención de tráfico comercial suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Plácido Sánchez y el Plenipotenciario del Perú, Felipe de Osma. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1917 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ISMAEL VAZQUEZ.- J. L. Tejada S.- Adolfo Trigo Achá, Senador Secretario.- Ricardo Bustamante, Diputado Secretario.- Demetrio Salas Mallo h., Diputarlo Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Julio Zamora | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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