Artículo 1°.- Se concede a la empresa de navegación del señor Benigno Lana, organizada para hacer el recorrido de Puerto Suárez al Rosario y Buenos Aires la subvención de bolivianos cuarenta y cinco mil anuales por el término de ocho años bajo las condiciones siguientes:

  1. Conducir gratuitamente el correo de Bolivia entre los puntos indicados.
  2. Rebaja del cincuenta por ciento en los pasajes de empleados nacionales.
  3. Rebaja del cincuenta por ciento en los fletes de carga de servicio del Gobierno y de transporte de material para ferrocarriles.
  4. Conducción gratuita de los archivos, muebles y demás enseres de las oficinas públicas de Puerto Suárez cuando se disponga su traslación a Puerto Sucre.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
La Paz, 16 de diciembre de 1916.
BENEDICTO GOYTIA.- P. Sánchez.- Ad. Trigo Achá, Senador Secretario.- J. Enrique Calvo, Diputadlo Secretario.- W. González Duarte, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, a 26 de noviembre de 1917.
JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Ricardo Mujía.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 26 de noviembre de 1917
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSubvención.- Se concede a la empresa de navegación del señor Benigno Lara, organizada para hacer el recorrido de Puerto Suárez al Rosario y Buenos Aires la subvención de Bs. 45, 000 anuales por el término de ocho años.
KeywordsLey, noviembre/1917
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorBENEDICTO GOYTIA.- P. Sánchez.- Ad. Trigo Achá, Senador Secretario.- J. Enrique Calvo, Diputadlo Secretario.- W. González Duarte, Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Ricardo Mujía.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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