Artículo Único.- Se complementa el artículo 1° de la Ley de 9 de octubre último, que destina fondos departamentales al pago de las inversiones hechas con motivo de las "Fiestas del Progreso" realizadas en Cochabamba, con el siguiente inciso: "Además servirán para el mismo pago, las economías realizadas en los ítems 6 y 8, del párrafo único, capítulo 9°, ítem 2° ".


Comuníquese al Poder Ejecutivo para !os fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 20 de noviembre de 1917.
ISMAEL VAZQUEZ.- J. L. Tejada S, - Ad. Trigo Achá, Senador Secretario.- Ricardo Bustamante Diputado Secretario.- Demetrio Salas Mallo h., Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre de 1917 años.
JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Julio Zamora

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 23 de noviembre de 1917
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario"Fiestas del Progreso".- Se complementa el artículo 1° de la ley de 9 de octubre que destina fondos departamentales al pago de las inversiones hechas para las "Fiestas del Progreso", en Cochabamba.
KeywordsLey, noviembre/1917
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorISMAEL VAZQUEZ.- J. L. Tejada S, - Ad. Trigo Achá, Senador Secretario.- Ricardo Bustamante Diputado Secretario.- Demetrio Salas Mallo h., Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Julio Zamora
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.