Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo mandará construir el camino de automóviles de la ciudad de Tarija al pueblo de Villazón, autorizándose para ese efecto el gasto que fuere necesario hasta la cantidad de ciento cincuenta mil bolivianos.

Artículo 2°.- A cuenta de este suma, se abonará el año en curso, los treinta mil bolivianos consignados en el Presupuesto Nacional para el servicio del empréstito que fue autorizado por la ley de 14 de octubre de 1916.

Artículo 3°.- El resto de ciento veinte mil bolivianos será consignado en el Presupuesto Nacional de 1918, año en el cual se construirá el expresado camino, sin perjuicio de empezarlo, si fuere posible el año corriente.

Artículo 4°.- Quedan afectadas al expresado gasto como recursos especiales: 1° el reembolso que debe hacer el gobierno argentino al boliviano, en razón de las cuentas del ferrocarril La Quiaca a Tupiza; 2° el producto del impuesto de un boliviano por cada cien kilos de mercaderías extranjeras importadas al departamento de Tarija.

Artículo 5°.- Se derogan las leyes contrarias a la presente.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 6 de octubre de 1917.
ISMAEL VAZQUEZ.- J. L. Tejada S.- Ad. Trigo Acha, Senador Secretario.- Ricardo Bustamante, Diputado Secretario.- Demetrio Salas Mallo h., Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, 11 de octubre de 1917.
JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Ricardo Mujía.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 11 de octubre de 1917
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutomóviles Tarija-Villazón.- Se autoriza al Poder Ejecutivo la construcción del camino de automóviles de Tarija a Villazón.
KeywordsLey, octubre/1917
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorISMAEL VAZQUEZ.- J. L. Tejada S.- Ad. Trigo Acha, Senador Secretario.- Ricardo Bustamante, Diputado Secretario.- Demetrio Salas Mallo h., Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA.- Ricardo Mujía.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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