Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que llame a propuestas con el objeto de establecer un servicio regular de automóviles y camiones, para pasajeros y carga entre la ciudad de Santa Cruz y el pueblo de Yacuiba.

Artículo 2°.- El concesionario estará obligado a verificar previamente el trabajo de adaptación del camino para dicho servicio, corriendo de su cuenta las reparaciones y mantenimiento del camino por todo el tiempo que dure la explotación.

Artículo 3°.- El concesionario tendrá el privilegio de explotación del camino por el término de diez años.

Artículo 4°.- El Estado ofrecerá al concesionario por el tiempo de seis años una garantía del ocho por ciento sobre el capital invertido y comprobado por el Gobierno.

Artículo 5°.- El Poder Ejecutivo fijará los plazos prescritos por el artículo 9° de la Ley General de Ferrocarriles.

Artículo 6°.- El concesionario estará obligado a verificar el depósito de garantía de ejecución que establece el artículo 8° de la ley mencionada anteriormente.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.- La Paz, 23 de noviembre de 1916.
BENEDICTO GOYTIA.- P. SÁNCHEZ.
Ad. Trigo Achá, Senador Secretario.- J. Enrique Calvo, Diputado Secretario.-Donato Encinas P., Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, a 1° de diciembre de 1916.
ISMAEL MONTES.- Arturo Molina Campero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 1 de diciembre de 1916
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioServicio de automóviles.- Autorización y condiciones en que se convocará a propuestas para establecerlo entre Santa Cruz y Yacuiba.
KeywordsLey, diciembre/1916
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorBENEDICTO GOYTIA.- P. SÁNCHEZ. Ad. Trigo Achá, Senador Secretario.- J. Enrique Calvo, Diputado Secretario.-Donato Encinas P., Diputado Secretario. ISMAEL MONTES.- Arturo Molina Campero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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