Artículo Único.- Se autoriza al Concejo Departamental de La Paz, para que pueda ceder a favor de la sociedad de tiro al Blanco "Franco Paceña", un terreno de su propiedad en compensación de otro, para la instalación de un polígono de tiro.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 26 de noviembre de 1913.
JUAN M. SARACHO.
ATILIANO APARICIO.
J. V. Zaconeta, Senador Secretario,
Juan 2° Alvarado, D. S.
René Renjel, D. S.
Cúmplase con arreglo a la Constitución Política del Estado. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos trece años.
ISMAEL MONTES. Claudio Pinilla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 2 de diciembre de 1913
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorización.- Concédese al Concejo Departamental de La Paz, para ceder un terreno a la sociedad de tiro al blanco "Franco Paceña".
KeywordsLey, diciembre/1913
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJUAN M. SARACHO. ATILIANO APARICIO. J. V. Zaconeta, Senador Secretario, Juan 2° Alvarado, D. S. René Renjel, D. S. ISMAEL MONTES. Claudio Pinilla.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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