Artículo Único.- Se fija en 3, 750 plazas de tropa, el número de la fuerza armada que ha de constituir el ejército de línea durante el año de 1912.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de noviembre de 1911 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ejercito.-- Fíjase el activo de la fuerza armada para el año 1912. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1911 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | MACARIO PINILLA. RICARDO CORTÉS. Moisés Ascarrunz, E. Romecin C. Senador secretario. D. S. José Gil S, D. S. ELIODORO VILLAZÓN. Julio La Faye. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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