Artículo Único.- Se ratifica la cesión de terrenos hecha á favor de las sociedades "Franco Paceña", "General Eliodoro Camacho" y "Centro Social Unión", para la construcción de un polígono de tiro al blanco en la zona conocida con el nombre de ciudadela Ballivián, en la extensión y condiciones establecidas por el auto prefectural de La Paz, con fecha 25 de octubre último.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 14 de noviembre de 1911.
MACARIO PINILLA. RICARDO CORTÉS.
Moisés Ascarrunz. Ezequiel Romecin C., Senador Secretario. D. S.
José Gil S., D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno, en La Paz, á los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos once años.
ELIODORO VILLAZON. Aníbal Capriles.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 22 de noviembre de 1911
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTierras baldías.-- Ratifícase la cesión hecha en favor de algunas sociedades de tiro al blanco de La Paz.
KeywordsLey, noviembre/1911
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorMACARIO PINILLA. RICARDO CORTÉS. Moisés Ascarrunz. Ezequiel Romecin C., Senador Secretario. D. S. José Gil S., D. S. ELIODORO VILLAZON. Aníbal Capriles.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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