Bolivia: Ley de 21 de noviembre de 1911

Sud América.
ELIODORO VILLAZON,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
Por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado las Convenciones suscritas por los Delegados de Bolivia en el primer Congreso Postal Continental Sud Americano de Montevideo de 2 de febrero de 1911, en los siguientes términos:
EL CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- Apruébanse los Convenios y sus respectivos reglamentos de ejecución, suscritos por las naciones concurrentes al primer Congreso Postal Continental Sud Americano de Montevideo, el 2 de febrero del año mil novecientos once.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. Paz, 26 de septiembre de 1911.
BENEDICTO GOYTIA. BENIGNO GUZMÁN.
Moisés Ascarrunz, Luis Lavadenz, Senador Secretario. D. S.
Víctor Forest, D. S.
Por tanto: y ejerciendo la facultad que la Constitución Política confiere al Jefe del Estado, en su artículo ochenta y nueve, atribución primera: ratifica los Convenios y Reglamentos celebrados en el expresado Congreso de Montevideo, empeña á su cumplimiento la fe y el honor nacional y ordena se le tenga y cumpla como ley de la República. Dada en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz sellada con el sello respectivo y refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, á los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos once años.
ELIODORO VILLAZON. Claudio Pinilla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de noviembre de 1911
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvenios.-- Apruébase los celebrados por los delegados al primer Congreso Postal Continental
KeywordsLey, noviembre/1911
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorBENEDICTO GOYTIA. BENIGNO GUZMÁN. Moisés Ascarrunz, Luis Lavadenz, Senador Secretario. D. S. Víctor Forest, D. S. ELIODORO VILLAZON. Claudio Pinilla.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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