Artículo Único.- Sobre fondos generales de la gestión de 1910, se abre un crédito suplementario de bolivianos trescientos noventa mil, destinados á cubrir los servicios urgentes cuyas partidas presupuestas se hallan agotadas.
Norma | Bolivia: Ley de 16 de febrero de 1911 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Credito suplementario. -- Se abre uno, destinado á cubrir servicios urgentes. | ||||
Keywords | Ley, febrero/1911 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | BENEDICTO GOYTIA. JULIO C. VALDÉS. José 5. Quinteros, F. Alcocer Irigoyen, Senador Secretario. D. S. Víctor Muñoz Reyes, D. S. ad-hoc. ELIODORO VILLAZON. Carlos Torrico. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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