Artículo Único.- Se fija en tres mil cuatrocientas treinta plazas de tropa, el número de la fuerza armada que ha de constituir el ejército de línea, en la gestión económica de 1911.
Norma | Bolivia: Ley de 28 de enero de 1911 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ejercito.-- Fijase el número de fuerza para la gestión de 1911 | ||||
Keywords | Ley, enero/1911 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | MACARIO PINILLA. JULIO C. VALDÉS. José S. Quinteros, F. Alcocer Irigoyen Senador Secretario. D. S Alejandro Trigo, D. S. accidental. ELIODORO VILLAZÓN. Julio La Faye | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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