Artículo Único.- En el arancel de avalúos vigentes, se adiciona la siguiente partida: Nº 3, 568. A.- Ulmo ó extracto de este, para curtiembre, por kilo 5 centavos.- 30%.
Norma | Bolivia: Ley de 8 de octubre de 1910 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Arancel de Aforos.- Se adiciona una nueva partida. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1910 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | BENEDICTO GOYTIA.- AURELIO GAMARRA G. José S. Quinteros S. S.- V. Forest- D. S.- E. Romecin D. S. MACARIO PINILLA Alejandro Soruco. Ministerio de Hacienda é Industria. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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