Bolivia: Ley Nº 191, 30 de octubre de 1962

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza a la Alcaldía Municipal de Chulumani del Departamento de La Paz, ceder con carácter definitivo la planta hidroeléctrica que posee en la quebrada denominada Huajtata, con destino al alumbrado eléctrico de los cantones de Yanacachi y Villa Aspiazu.

Artículo 2°.- Los gastos de traslado e instalación de la referida planta, correrán por cuenta de la Prefectura del Departamento con los fondos provenientes del 5% fijados en la nueva distribución de impuestos que recauda la Aduana de la Coca, para trabajo en cantones.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 24 de agosto de 1962.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbold B, Senador Secretario; Ismael Olivares, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y dos años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 191, 30 de octubre de 1962
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la alcaldía municipal de Chulumani ceder con carácter definitivo la planta hidroeléctrica que posee en la quebrada denominada Huajtata con destino al alumbrado de los cantones Yanacachi y villa Aspiazu
KeywordsLey, octubre/1962
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=191
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbold B, Senador Secretario; Ismael Olivares, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario.
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