Artículo 1°.- Se modifica la ley de 5 de enero de 1906, destinando los Bs. 35,000 anuales, que ella asigna á la construcción de edificios fiscales de la ciudad de Oruro, al servicio de intereses y amortización de un empréstito de Bs. 250,000, que negociará el Ejecutivo, para invertirlos en los mismos trabajos enunciados en aquella ley, en el orden siguiente: Conclusión de la casa de correos. Conclusión de la cárcel pública.
Reconstrucción del Palacio de Justicia y nuevas construcciones en el local del Palacio de Gobierno; debiendo concentrarse en el mismo las oficinas de correos y justicia mientras se concluyan sus locales indicados.
Artículo 2°.- Estos trabajos se harán por licitación, con las seguridades necesarias.
Norma | Bolivia: Ley de 15 de diciembre de 1909 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstito.- La cantidad de Bs. 35, 000 asignada por ley de 5 de enero de 1906 para obras públicas de la ciudad de Oruro, se destina al servicio de intereses y amortización de un empréstito de Bs. 250, 000. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1909 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | MACARIO PINILLA. ADOLFO ORTEGA. Luís F. Jemio, S. S. Gabino Pereira D. S.- Nemesio A. Mariscal, D. S. ELIODORO VILLAZON Alejandro Soruco, Ministro de Hacienda é Industria. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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