Artículo Único.- El servicio de prestación vial de los cantones orientales de la provincia de Nor-Chichas, sera aplicado exclusivamente a la construcción de un camino carretero, que partiendo de la villa de Cotagaita, se dirija a la provincia de Cinti por la región de Parinolque y la margen derecha del Río Grande, para ir á empalmar con el camino carretero que actualmente se construye desde la ciudad de Camargo con rumbo dicha Villa Cotagaita.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines Constitucionales Sala de sesiones del Congreso Nacional. La Paz, 28 de septiembre de 1908.
MACARIO PINILLA.
RAFAEL BERTHIN H.
José Carrasco, Senador Secretario.
Angel Oliva, Diputado Secretario.
Fabian Vaca Chavez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno.- La Paz, á 30 de septiembre de 1908.
ISMAEL MONTES. Aníbal Capriles.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 30 de septiembre de 1908
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPrestación vial.- Este servicio, de los cantones Orientales de Nor- Chichas, se aplique á la construcción de un camino carretero de Cotagaita á Cinti.
KeywordsLey, septiembre/1908
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorMACARIO PINILLA. RAFAEL BERTHIN H. José Carrasco, Senador Secretario. Angel Oliva, Diputado Secretario. Fabian Vaca Chavez, Diputado Secretario. ISMAEL MONTES. Aníbal Capriles.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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