Artículo Único.- El término á que se refieren los artículos 10 y 20 de la Ley de tierras baldías de 26 de octubre de 1905, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1909.
Norma | Bolivia: Ley de 3 de diciembre de 1907 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Tierras baldías.- Prórroga de término para consolidar su posesión. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1907 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | MACARIO PINILLA.- JUAN FERNANDEZ-- Andrés S. Muñoz.- S. S.- Manuel Salcedo--D. S.- José R. Pérez- D. S., ad hoc. ISMAEL MONTES. M. V. Ballivián. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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