Artículo 1°.- Se aprueba la propuesta del señor Vicente Shiglery, contenida en las cláusulas 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª y 6.ª de su memorial, adicionándose á la cláusula 5.ª el siguiente inciso: dicho privilegio se reduce á prohibir el uso del camino para otras empresas de carretas, quedando libre para el tránsito de carruajes particulares y otros medios de locomoción. Quedan también salvadas, las obras que fueren necesarias para la construcción de un ferrocarril á Potosí.
Norma | Bolivia: Ley de 12 de diciembre de 1905 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Caminos.- Apruébase la propuesta presentada por el señor Vicente Shinglery, adicionándose un inciso. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1905 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ELIODORO VILLAZÓN. VENANCIO JIMENEZ. José Carrasco. Senador Secretario. Atiliano Aparicio, D. Secretario. Nicolás Burgoa, D Secretario ISMAEL MONTES. Aníbal Capriles, Ministro de Gobierno y Fomento. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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