Artículo 1°.- Las pieles de chinchilla que se exporten de la República, ya sea en bruto o manufacturadas, pagarán el siguiente impuesto; bolivianos seis la docena de pieles finas y bolivianos uno veinte, la de ordinarias.
Artículo 2°.- Las pieles de vicuña que se exporten en las mismas condiciones, pagarán bolivianos uno veinte por docena sin distinción alguna. Para este efecto, cada colcha de vicuña se considerará confeccionada de doce pieles, cualquiera que sea su calidad.
Artículo 3°.- Este impuesto es de carácter departamental y en ninguna Aduana de la República serán despachados dichos artículos sin la previa manifestación del documento que acredite el pago del impuesto al licitador ó al respectivo Tesoro.
Artículo 4°.- Los contraventores quedan sujetos á la penalidad que las leyes establecen respecto del contrabando.
Artículo 5°.- Queda derogado el artículo 2° de la ley de 6 de diciembre de 1901.
Norma | Bolivia: Ley de 18 de diciembre de 1903 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuestos.- Se establece el que pagarán las pieles de chinchilla y de vicuña que se exporten en la República. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1903 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ANÍBAL CAPRILES JOSÉ S. QUINTEROS. Demetrio F. de Córdova, - S. S. L. Serrudo Vargas, - D. S. J. Nicolás Reyes, - D. S. JOSÉ ML. PANDO. Daniel Salamanca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.