Considerando:

  • PROTOCOLO

Reunidos en el despacho de Relaciones Exteriores Su Excelencia el señor Federico Diez de Medina, Ministro de Relaciones Exteriores, y Su Excelencia el señor George H. Bridgman, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos de América y teniendo en consideración:

Artículo 1°.- Que la Convención relativa al cambio de encomiendas postales firmada en 24 de abril del año próximo pasado, contiene varios errores de palabras que es indispensable corregir, á fin de evitar dificultades en la práctica.

Artículo 2°.- Que no afectando de modo alguno dichos errores al fondo de la Convención mencionada no es necesaria una segunda aprobación legislativa. En consecuencia, los respectivos Plenipotenciarios han convenido en reproducir con las precisas correcciones la Convención sobre Encomiendas Postales de fecha 24 de abril de 1900, suscribiéndola de nuevo.


En fe de lo cual, se firma por duplicado el presente acuerdo, en la ciudad de La Paz, á los 30 días del mes de noviembre del año mil novecientos uno.
(Firmado)-George H. Bridgman. (Sello) (Firmado)-Federico Diez de Medina. (Sello).

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 25 de enero de 1902
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEncomiendas Postales.- Se aprueba la Convención celebrada con los EE.UU. de América.
KeywordsLey, enero/1902
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Firmado)-George H. Bridgman. (Sello) (Firmado)-Federico Diez de Medina. (Sello).
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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