Artículo Único.- Fijase el total de la fuerza armada de la República en la cifra de dos mil setecientos sesenta y ocho para la gestión de 1901, con arreglo al presupuesto general respectivo.


Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.- La Paz, Noviembre 24 de 1901.
ANIBAL CAPRILES.
JUAN MANUEL BALCAZAR.
GABRIEL VALVERDE C., S. S.
ANGEL DIEZ DE MEDINA, D. S.
MANUEL M. SAAVEDRA, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio del Gobierno en la ciudad de La Paz, á los 27 días del mes de Noviembre de 1900.
JOSE MANUEL PANDO.
CARLOS V. ROMERO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 27 de noviembre de 1900
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEjercito Nacional. -- Se fija el número de la fuerza armada para 1901.
KeywordsLey, noviembre/1900
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorANIBAL CAPRILES. JUAN MANUEL BALCAZAR. GABRIEL VALVERDE C., S. S. ANGEL DIEZ DE MEDINA, D. S. MANUEL M. SAAVEDRA, D. S. JOSE MANUEL PANDO. CARLOS V. ROMERO.
ContribuidorDeveNet.net
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