Artículo 1°.- La Convención Nacional organizará por esta vez el Poder Judicial, nombrando directamente a los Magistrados de la Corte Suprema de la República y de las Cortes Superiores de Distrito. Los demás jueces y subalternos, serán designados con arreglo a lo prescrito por la Ley de Organización Judicial.

Artículo 2°.- Para la provisión de la Fiscalía General de la República y de los Vocales del Tribunal Nacional de Cuentas, la misma Convención propondrá las respectivas ternas al Poder Ejecutivo.

Artículo 3°.- La Corte Superior del Distrito de Oruro se compondrá solamente de tres Ministros.

Artículo 4°.- El periodo constitucional de los Magistrados de la Corte Suprema y del Fiscal General que fuesen nombrados según las prescripciones de esta ley, durará hasta el 20 de Agosto de 1909.

Artículo 5°.- El periodo Constitucional de los Vocales del Tribunal Nacional de Cuentas y de los de las Cortes Superiores, durará hasta el 20 de Agosto de 1905.

Artículo 6°.- El periodo Constitucional de los Jueces de Partido, Jueces Instructores y Fiscales, nombrados con arreglo a esta ley, durará hasta el 15 de Agosto de 1904.

Artículo 7°.- El periodo Constitucional del Presidente y Vicepresidentes de la República elegidos por esta Convención, durará hasta el 6 de Agosto de 1904, fecha en la que se verificará la trasmisión con arreglo a la Carta Fundamental del Estado.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines consiguientes. Sala de sesiones de la Convención Nacional.-
Oruro, 16 de Enero de 1900.
PASTOR SAINZ
ABEL ITURRALDE. C. Secretario.
ISAAC G. EDUARDO. C. Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de Oruro, a 20 de Enero de 1900.
JOSE MANUEL PANDO.
CARLOS V. ROMERO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 20 de enero de 1900
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPoder Judicial.- La Convención Nacional debe organizarlo por esta vez.
KeywordsLey, enero/1900
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorOruro, 16 de Enero de 1900. PASTOR SAINZ ABEL ITURRALDE. C. Secretario. ISAAC G. EDUARDO. C. Secretario. JOSE MANUEL PANDO. CARLOS V. ROMERO.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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