Artículo Único.- Se autoriza al Concejo Municipal de Cochabamba para la subasta del actual edificio del mercado; debiendo emplear el producto de esa venta en la construcción de uno o más mercados que llenen las necesidades de la población.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la Convención Nacional.-
Oruro, 17 de Enero de 1900.
PASTOR SAINZ.
ABEL ITURRALDE. C. Secretario.
ISAAC G. EDUARDO C. Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno. Oruro, a los 19 días del mes de Enero de 1900.
JOSE MANUEL PANDO
CARLOS. V. ROMERO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 19 de enero de 1900
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorización.- Se concede al H. Concejo Municipal de Cochabamba para la subasta del edificio del Mercado.
KeywordsLey, enero/1900
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorOruro, 17 de Enero de 1900. PASTOR SAINZ. ABEL ITURRALDE. C. Secretario. ISAAC G. EDUARDO C. Secretario. JOSE MANUEL PANDO CARLOS. V. ROMERO.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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