Artículo 1°.- El Juez de Partido 4° de la ciudad de Cochabamba, tendrá su asiento en Sacaba.
Artículo 2°.- Se crea un 2° Ajente Fiscal en la ciudad de Cochabamba.
Artículo 3°.- Las funciones del Ministro Público en la Provincia del Chapáre, se desempeñarán por un Fiscal de Partido.
Norma | Bolivia: Ley de 18 de noviembre de 1897 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Organización Judicial.- Se señala Sacaba como asiento del 4° Juez de la ciudad de Cochabamba; se crea un Agente Fiscal. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1897 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Sucre, noviembre 17 de 1897. RAFAEL PEÑA. JOSÉ MARIA LINARES. Samuel Oropeza. S. S. Crisólogo Gallardo. D. S. Trifón Melean. D. S. SEVERO F. ALONSO Macario Pinilla. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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