Artículo Único.- Quedan exentos de todo derecho aduanero los artículos que actualmente se hallan en Antofagasta, destinados al Laboratorio de Ciencias del Colegio Seminario de la ciudad de Cochabamba, prévia confrontación en Aduana de las facturas originales.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Congreso Nacional.-Sucre, 15 de octubre de 1897
RAFAEL PEÑA
JOSE MARIA LINARES.
Manuel O. Jofré (h. ) S. S.
Macario D. Escobari. D. S.
Trifón Melean. D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga, y cumpla como ley de la República.
Casa de Gobierno en Sucre, á 16 dias de octubre de 1897 años.
SEVERO F. ALONSO
L. Gutierrez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 16 de octubre de 1897
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAduanas.- No paguen derechos los artículos destinados al Laboratorio de Ciencias del Seminario de Cochabamba.
KeywordsLey, octubre/1897
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorRAFAEL PEÑA JOSE MARIA LINARES. Manuel O. Jofré (h. ) S. S. Macario D. Escobari. D. S. Trifón Melean. D. S. SEVERO F. ALONSO L. Gutierrez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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