Artículo 1°.- Se autoriza á la junta municipal de Tomina, para vender en pública subasta las propiedades municipales de Coca-yapito y Tarabuquillo, situadas en los cantones de Presto y Tomina; los te- rrenos que se encuentran en la circunferencia del Pescado, y los sitios de las casas de este cantón.

Artículo 2°.- La base del remate será fijada mediante el justiprecio pericial, conforme á la ley.

Artículo 3°.- El fondo proveniente de estas ventas, se empleará en la adquisición de letras hipotecarias, las que serán retiradas de la circulación.


Comuníquese al poder ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del congreso nacional.- Sucre, octubre 18 de 1894.
JOSÉ V. ALDUNATE.
SABINO PINILLA.
Manuel O. Jofré, (hijo)--S. Secretario.
Abel Iturralde--D. Secretario.
L. Trigo--D. Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la república.
En Sucre, á 19 de octubre de 1894.
M. BAPTISTA.
El ministro de gobierno,
L. Paz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 19 de octubre de 1894
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMunicipalidades.-- Se autoriza á la de Tomina para vender sus propiedades de Coca-yapito y Tarabuquillo.
KeywordsLey, octubre/1894
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJOSÉ V. ALDUNATE. SABINO PINILLA. Manuel O. Jofré, (hijo)--S. Secretario. Abel Iturralde--D. Secretario. L. Trigo--D. Secretario. M. BAPTISTA. El ministro de gobierno,
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.