Artículo 1°.- Se asigna anualmente la suma de cinco mil bolivianos para la conservación del camino carretero que conduce del Puerto Suárez á la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, debiendo procurarse que las estaciones sean cómodas y que las aguadas se mantengan en buen estado.

Artículo 2°.- Se sitúa la expresada suma sobre los rendimientos de la aduana nacional de Puerto Suárez, y será administrada é invertida por la junta de caminos de Santa Cruz bajo la supervijilancia del prefecto del departamento.

Artículo 3°.- La junta de caminos practicará una investigación recabando los informes mas fidedignos, á fin de acordar medidas conducentes á la mejora de la carretera en su estado actual, debiendo levantar un presupuesto para la erogación del fondo que demanden las reparaciones previstas.

Artículo 4°.- El poder ejecutivo queda autorizado para ordenar la traslación de la aduana de Puerto Suárez á otro lugar que sea mas adecuado.


Pase al poder ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala del congreso nacional en Oruro, á 4 de octubre de 1891,
J. M. DEL CARPIO.- Lisandro Quiroga.- Roberto Téllez, S. Secretario.- Manuel Murillo Dorado, D. Secretario.- J. Rodolfo Avila, D. Secretario.
Por tanto: la promulgo, para que se tenga y cumpla como ley de la república.
En la ciudad de Oruro, á los 10 dias de octubre de mil ochocientos noventa y un años.
ANICETO ARCE.
El Ministro de Gobierno,
T. Ichaso.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 10 de octubre de 1891
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPuerto Suárez.-- Asignación para el camino carretero á Santa Cruz: el gobierno puede trasladar la aduana á otro punto mas adecuado.
KeywordsLey, octubre/1891
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. M. DEL CARPIO.- Lisandro Quiroga.- Roberto Téllez, S. Secretario.- Manuel Murillo Dorado, D. Secretario.- J. Rodolfo Avila, D. Secretario. ANICETO ARCE. T. Ichaso.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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