Artículo Único.- Se declara moneda fraccionaria la de cincuenta centavos ó medio boliviano, la cual se acuñará desde la promulgación de la presente ley, con la tolerancia poderal del 8% establecida para los quintos.


Comuníquese al poder ejecutivo para su promulgacion.
Sala de sesiones del congreso nacional en La Paz, á veinticinco de octubre de mil ochocientos noventa.
SERAPIO RÉYES ORTIZ.-
DANIEL G. QUIROGA.- Roberto Téllez - S. Secretario.- Román Paz - D. Secretario.- José María Lináres - D. Secretario
Por tanto: la promulgo para que se tenga y se cumpla como ley de la república.
Palacio del supremo gobierno en La Paz, á veintiseis de octubre de mil ochocientos noventa.
ANICETO ARCE.
Emeterio Cano.
Ministro de hacienda é industria

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 26 de octubre de 1890
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMoneda fraccionaria.- Se declara así la de 50 centavos: tolerancia con que debe acuñarse.
KeywordsLey, octubre/1890
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSERAPIO RÉYES ORTIZ.- DANIEL G. QUIROGA.- Roberto Téllez - S. Secretario.- Román Paz - D. Secretario.- José María Lináres - D. Secretario ANICETO ARCE. Emeterio Cano.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.