Artículo 1°.- o- Se autoriza al poder ejecutivo para que, de las asignaciones que han dejado de pagarse en la sección 2.a del capítulo 6°, párrafo 1° del presupuesto departamental de La Paz, de 1890, invierta la suma de diez mil bolivianos con el objeto de terminar la parte del edificio construido del Instituto, utilizando los materiales existentes.

Artículo 2°.- Se asigna la suma de cinco mil bolivianos para hacer el servicio del préstamos de Bs. 12,000, contraido en el crédito hipotecario para la adquisición y trabajo del local mencionado; y la de tres mil bolivianos para su conservación y reparación.

Artículo 3°.- El ejecutivo organizará la comisión que debe entenderse en la conclusión del edificio, y ordenará que á la brevedad posible rindan sus cuentas respectivas los que hubiesen administrado fondos en el trabajo de aquél, con arreglo á la ley de 17 de noviembre de 1887 y á las que se refieren á la administración de los dineros del estado.


Comuníquese al poder ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del congreso nacional en La Paz, á los veintidós dias del mes de octubre de mil ochocientos noventa años.
SERAPIO REYES ORTIZ.-
DANIEL G. QUIROGA.- Roberto Téllez - S. Secretario.- Román Paz - D. Secretario.- José María Lináres - D. Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y se cumpla como ley de la república.
Palacio de gobierno en La Paz, á los veintitrés dias del mes de octubre de mil ochocientos noventa años.
ANICETO ARCE.
El ministro de justicia é instrucción pública -
Jenaro Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 23 de octubre de 1890
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInstituto Boliviano.- Autorización al ejecutivo y asignaciones para el trabajo de este edificio.
KeywordsLey, octubre/1890
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSERAPIO REYES ORTIZ.- DANIEL G. QUIROGA.- Roberto Téllez - S. Secretario.- Román Paz - D. Secretario.- José María Lináres - D. Secretario. ANICETO ARCE. El ministro de justicia é instrucción pública - Jenaro Sanjinés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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