Artículo Único.- Autorízase al poder ejecutivo para que tomando (l)os datos e informes necesarios, destine una parte del agua del palacio de justicia al servicio del "Manicomio Pacheco".


Comuníquese al poder ejecutivo para los fines de lei.
Sala de sesiones.- Sucre, octubre 31 de 1888.
J. M. DEL CARPIO.- Manuel José Fernández.- Roberto Téllez--S. S.- Adolfo Siles.-
Manuel Othon Jofré, (hijo)--D. S
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de de la república.
En la capital Sucre, a cinco de noviembre de mil ochocientos ochenta y ocho años.
ANICETO ARCE.- El ministro de gobierno-- T. Ichaso.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 5 de noviembre de 1888
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioManicomio Pacheco.-- Autorizacion para proveerlo de agua.
KeywordsLey, noviembre/1888
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. M. DEL CARPIO.- Manuel José Fernández.- Roberto Téllez--S. S.- Adolfo Siles.- Manuel Othon Jofré, (hijo)--D. S ANICETO ARCE.- El ministro de gobierno-- T. Ichaso.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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