Artículo Único.- Queda suprimido el consejo supremo de instruccion pública de que habla el artículo 2° de la lei de 12 de diciembre de 1882.


Comuníquese al poder ejecutivo para su cumplimiento.
Sala de sesiones del congreso nacional en Sucre, a 21 de octubre de 1884.
M. BAPTISTA.
ISAAC TAMAYO.
Juan F. Velarde, senador secretaría.
Dámaso Sánchez, diputado secretario
Domingo Paz, diputado secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de la república.
Casa de gobierno en Sucre, a 24 de octubre de 1884.
GREGORIO. PACHECO.-
El ministro de justicia e instruccion pública,
Martín Lanza.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de octubre de 1884
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInstruccion pública.- Se suprime el consejo supremo.
KeywordsLey, octubre/1884
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. BAPTISTA. ISAAC TAMAYO. Juan F. Velarde, senador secretaría. Dámaso Sánchez, diputado secretario Domingo Paz, diputado secretario. GREGORIO. PACHECO.- El ministro de justicia e instruccion pública, Martín Lanza.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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