Artículo Único.- Se restablece la 2ª seccion judicial y municipal de la provincia de Arque, compuesta de los cantones que ántes formaban la primera seccion. La capital de ésta será el canton de Arque.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de noviembre de 1883 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Arque.- Se restablece la 2.ª seccion judicial y municipal de la provincia de Arque. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1883 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | La Paz, 23 de noviembre 29 de 1883. Aniceto Arce.- Manuel J. Fernández.- Juan Francisco Velarde, senador secretario.- Cárlos Bravo, diputado secretario.- Dámaso Sánchez, diputado secretario. NARCISO CAMPERO. El ministro de justicia, instruccion pública y culto - Pedro H. Várgas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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