Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la lei de 25 de agosto de 1880 en la parte que, sobre quintal de tabaco, establece un impuesto de cuatro bolivianos, que queda reducido a dos bolivianos.

Artículo 2°.- Se deroga el artículo 2° de la referida lei de 25 de agosto de 1880, debiendo el ejecutivo reglamentar la manera de percibir el impuesto.

Artículo 3°.- El producto de dicho impuesto pertenece a fondos departamentales.


Pásese al poder ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento.
Sala de sesiones.-
La Paz, noviembre 14 de 1883.
Aniceto Arce.- Manuel J. Fernández.- Juan Francisco Velarde, senador secretario.-
Cárlos Bravo diputado secretario.- Dámaso Sanchez diputado secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de la república.
Casa de gobierno en La Paz, a los 17 de noviembre de 1883 años.
NARCISO CAMPERO -Fidel Araníbar.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 17 de noviembre de 1883
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTabaco.- Reduccion del impuesto que pesa sobre él..
KeywordsLey, noviembre/1883
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorLa Paz, noviembre 14 de 1883. Aniceto Arce.- Manuel J. Fernández.- Juan Francisco Velarde, senador secretario.- Cárlos Bravo diputado secretario.- Dámaso Sanchez diputado secretario. NARCISO CAMPERO -Fidel Araníbar.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.