Artículo Único.- La córte del distrito de Tarija se compondrá de tres vocales.
Norma | Bolivia: Ley de 3 de septiembre de 1883 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Organizacion judicial.- La córte de Tarija se compondrá de tres vocales. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1883 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | La Paz, agosto 31 de 1883 Aniceto Arce.- Samuel Achá, Senador secretario. NARCISO CAMPERO. El ministro de justicia, instrucción publica y culto.- Pedro H. Várgas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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