Artículo Único.- La provincia de Chayanta tendrá por su capital el pueblo de Colquechaca.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de noviembre de 1882 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Chayanta.- Su capital sea Colquechaca. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1882 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | La Paz, noviembre 27 de 1882. M. Baptista.- S. Achá, - Secretario. La Paz, noviembre 29 de 1882. Manuel José Fernández. António Guerrero, D. secretario. Isaac Vincenti, D. secretario. NARCISO CAMPERO. P. José Zilveti. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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