Artículo Único.- De conformidad al Artículo 59, Atribución 12º. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Protocolo suscrito entre los Gobiernos de Bolivia y de la República Popular China sobre el otorgamiento de una línea de crédito por la suma de DOS MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 2.000.000.-), destinados a financiar la provisión de equipos militares, celebrado en la ciudad de Cochabamba el 14 de julio de 1995. Asimismo, se aprueba y ratifica el Protocolo Complementario suscrito entre ambos Gobiernos en Beijing en fecha 8 de octubre de 1996.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1881, 25 de junio de 1998 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba el Protocolo suscrito con la República Popular China sobre el otorgamienito de una línea de crédito por la suma de $us. 2.000.000.-) destinados a financiar equipos militares. Asimismo se aprueba el Protocolo Complementario suscrito entre ambos Gobiernos | ||||
Keywords | Ley, junio/1998 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1881 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. WÁIter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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