Artículo 1°.- Se consagra un acuerdo de gratitud y admiracion a los bolivianos y peruanos muertos heróicamente en defensa de las naciones aliadas: sus nombres se inscribirán en un libro que conservarán todas las municipalidades con el título de "Héroes de la Alianza. "

Artículo 2°.- El batallon Alianza 1° de Bolivia, es declarado heróico por su comportamiento en el campo de batalla.

Artículo 3°.- Se concede un diploma de honor a los jóvenes que formaron la "Lejion Boliviana" y a sus jefes y oficiales que permanecieron hasta el fin de la campaña, quienes en su caso se hallan comprendidos en la disposicion del artículo 5° de la lei de 12 del presente.

Artículo 4°.- Los jefes y oficiales, asociados, capellanes y sanitarios de las ambulancias bolivianas que han concurrido a las últimas batallas, prestando servicios a los heridos hasta restituirlos al seno de la patria, serán premiados con otro diploma de honor en la graduacion establecida por los puestos que han desempeñado.

Artículo 5°.- Las demás acciones distinguidas en los combates últimos, serán premiadas por el poder ejecutivo, prévia calificacion de ellas.

Artículo 6°.- Se acuerda un premio extraordinario consistente en la adjudicacion gratuita de ciento, cincuenta y veinticinco hectáreas de terreno en el distrito oriental de Bolivia, respectivamente, a todos los jefes, oficiales y soldados que cumplieron su deber en defensa de la integridad nacional.

Artículo 7°.- El poder ejecutivo reglamentará la presente lei, verificando la calificacion de los premiados y estendié doles los diplomas respectivos.


Comuníquese al poder ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento.
Sala de sesiones de la Convencion nacional en La Paz, octubre diez de mil ochocientos ochenta.
Nataniel Aguirre.
M. Loaiza, diputado secretario.- T. Camacho, diputado secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de la república.
Casa de gobierno en La Paz, a los veintidos dias del mes de octubre de 1880.
NARCISO CAMPERO.- Belisario Salinas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 22 de octubre de 1880
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEjército aliado.- Recuerdo de gratitud y admiracion que se consagra a los bolivianos y peruanos muertos heróicamente en defensa de las naciones aliadas.
KeywordsLey, octubre/1880
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorNataniel Aguirre. M. Loaiza, diputado secretario.- T. Camacho, diputado secretario. NARCISO CAMPERO.- Belisario Salinas.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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