Artículo Único.- El juez instructor 2° de la provincia de Porco, tendrá su asiento en el pueblo de Tomave. Comuníquese al poder ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento Sala de sesiones de la Convencion nacional en La Paz, a 2 de octubre de 1880. M. Baptista.-


T. Camacho, diputado secretario.- Fernando E. Guachalla, diputado secretario. Por tanto, he venido en promulgarla para que se tenga y cumpla como lei de la república.
Casa de gobierno en La Paz, a los 6 dias del mes de octubre de mil ochocientos ochenta.
NARCISO CAMPERO.- J. M. Calvo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 6 de octubre de 1880
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPorco.- El juez instructor 2° tenga su asiento en Tomave.
KeywordsLey, octubre/1880
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorT. Camacho, diputado secretario.- Fernando E. Guachalla, diputado secretario. Por tanto, he venido en promulgarla para que se tenga y cumpla como lei de la república. NARCISO CAMPERO.- J. M. Calvo.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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