Artículo Único.- La clausura de las sesiones lejislativas, tendrá lugar el dia de mañana a horas tres de la tarde, con sujecion al ceremonial de costumbre.
Norma | Bolivia: Ley de 25 de noviembre de 1874 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Asamblea Nacional. Señala dia para su clausura. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1874 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Serapio Réyes Ortíz, Presidente.- Belisario Boeto, Diputado Secretario.- Jorge Delgadillo, Diputado Secretario. Ejecútese.- TOMÁS FRIAS.- El Ministro de Gobierno - Mariano Baptista. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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